Deepfakes entre alumnos: qué hace el centro el primer día
Una alumna aparece desnuda en un montaje hecho con IA. Qué hacer el primer día: no reenviar, a quién avisar, qué dice la ley y cómo hablarlo en tutoría.
Si trabajas en un instituto, este artículo es para leerlo antes de que un alumno te enseñe en el pasillo el montaje desnudo de una compañera, no después. La primera hora decide mucho: si la imagen se queda en un grupo o salta a cinco, y si la víctima siente que el centro la protege o que la expone.

Lo que haces en la primera hora
Guárdate esta lista. Vale para el profe que se entera, para el tutor y para el equipo directivo.
- No reenvíes la imagen a nadie, tampoco a un compañero «para que lo vea». Cada reenvío es una difusión más.
- No la descargues ni hagas captura en tu móvil. Anota a mano dónde está: nombre del grupo o de la cuenta, enlace, quién la ha compartido, fecha y hora.
- No le pidas a la víctima que la borre ni que te la enseñe. Ella no la ha publicado y no tiene que demostrar nada.
- Avisa ese mismo día al coordinador de bienestar y protección y a la dirección. Son quienes activan el protocolo.
- Habla con la familia de la víctima junto con el tutor o la dirección, nunca por mensaje.
- Pide que nadie del centro hable con los presuntos autores antes de que la dirección decida cómo y con quién.
Para el registro del incidente, esta plantilla te ahorra dudas. No lleva la imagen ni la describe con detalle.
REGISTRO DE INCIDENTE (uso interno, acceso restringido)
Fecha y hora en que se conoce:
Quién lo comunica (alumno, familia, docente):
Dónde circula (grupo, red social, cuenta, enlace):
Quién lo ha difundido, si se sabe:
Alumnado afectado (iniciales):
Qué se ha hecho ya y quién lo ha hecho:
Comunicado a: coordinador/a de bienestar [ ] dirección [ ] familia [ ]
Comunicado a: servicios sociales [ ] Policía o Fiscalía [ ] AEPD [ ]
(fecha, hora y persona que comunica en cada caso)
NO se adjunta ni se describe la imagen.Por qué ya no es un caso raro
El VIII Informe de Fundación ANAR y Fundación Mutua Madrileña analiza 18.245 cuestionarios de alumnos del curso 2025-2026, contestados antes y después de unos talleres de prevención. Según el informe publicado en septiembre de 2026, «se ha utilizado inteligencia artificial en el 23,5%, de las situaciones de ciberbullying», frente al 14,2 % del curso anterior. Las víctimas de esos casos son chicas en un 60,3 %.
Lee ese 23,5 % con cuidado. Es un porcentaje de situaciones de ciberacoso que conocen los alumnos, no de todo el alumnado. Y en la misma pregunta el 48,2 % contestó que no sabía si se había usado IA, así que la cifra real puede ser mayor o menor.
El mismo informe dice cómo se usa: vídeos falsos con la foto de un compañero (79,5 %), con su voz (57,5 %) y suplantación de identidad (47,9 %). Entre los usos minoritarios aparece «desnudar con IA».
Hay un dato del informe que conviene corregir en tutoría. La acción que más valoran los alumnos ante el ciberacoso es hacer capturas de pantalla para conservar pruebas (63,5 %). En un insulto o un meme, tiene sentido. En una imagen sexual de una compañera menor, guardar la captura es justo lo que no hay que hacer, y en la sección siguiente verás por qué.
Qué dice la ley, sin rodeos jurídicos
Un desnudo falso de una menor puede ser pornografía infantil aunque nadie haya posado. El artículo 189 del Código Penal incluye en esa categoría las «imágenes realistas de un menor participando en una conducta sexualmente explícita o imágenes realistas de los órganos sexuales de un menor, con fines principalmente sexuales». No es automático: el juez valora también esa finalidad sexual.
Para un adulto, producir o difundir ese material se castiga con prisión de uno a cinco años (art. 189.1). Poseerlo para uso propio, con prisión de tres meses a un año o multa (art. 189.5).
La regla 2 de la lista es de prudencia, no una prohibición escrita para el docente. No hace falta que guardes la imagen para que haya prueba: la recogen la Policía o la Fiscalía, y cada copia en un móvil es una copia más que puede salir de él.
Los alumnos de 14 a 17 años responden ante la justicia de menores. No se les aplican las penas de prisión del Código Penal, sino las medidas de la Ley Orgánica 5/2000, que rige entre los 14 y los 18 años. A un menor de 14 no se le exige responsabilidad penal: la Fiscalía remite el caso a la entidad de protección de menores (art. 3).
El caso que sirve de referencia es el de Almendralejo, de septiembre de 2023. Según Diario de León (26 de julio de 2026), el Juzgado de Menores de Badajoz declaró a 15 menores responsables de veinte delitos de pornografía infantil y veinte contra la integridad moral. Les impuso un año de libertad vigilada y formación afectivo-sexual, sobre uso de redes y en igualdad.
También hay vía de protección de datos. La imagen de una persona es un dato personal, así que difundir una foto suya manipulada con IA es un tratamiento de datos sin base legal, y la Agencia Española de Protección de Datos puede sancionarlo.
A quién avisa el centro, y en qué orden
La LOPIVI pone un deber de comunicación «cualificado» en el personal de los centros escolares. El artículo 16 dice tres cosas que conviene tener claras:
- Ante indicios de violencia sobre un menor, se comunica «de forma inmediata a los servicios sociales competentes».
- Si la salud o la seguridad del menor puede estar amenazada, también a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o al Ministerio Fiscal.
- Si hay una posible infracción de protección de datos de un menor, a la Agencia Española de Protección de Datos.
Ese deber es de quien conoce los hechos, también del docente. Lo que el centro aporta es un cauce para cumplirlo rápido y bien. El artículo 35 obliga a todo centro con alumnado menor a tener un coordinador o coordinadora de bienestar y protección, y entre sus funciones están promover la comunicación inmediata a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las agencias de protección de datos. La ley aclara que la coordinación de casos se hace «sin perjuicio del deber de comunicación» de cada profesional (art. 35.2.b). El artículo 34 encarga a las administraciones educativas un protocolo que incluya el acoso por móvil o redes cuando se dañe la intimidad del alumno. Ese protocolo es el que manda en tu centro: búscalo hoy, no el día del incidente.

Para que la imagen deje de circular hay dos caminos distintos:
- Retirada urgente. El Canal prioritario de la AEPD sirve para pedir la retirada de «fotografías, vídeos o audios de contenido sexual o violento» publicados sin permiso. Los menores de 14 a 17 años pueden contactar con la Agencia ellos mismos.
- Investigación penal. La propia AEPD recuerda en su guía de enero de 2026 sobre imágenes de terceros en sistemas de IA que, cuando hay indicios claros de delito, la actuación corresponde a la Policía, la Fiscalía y los jueces. Con un desnudo falso de una menor, ese es el caso.
Si la familia o el propio alumno necesitan orientación fuera del horario del centro, tienen la línea 017 de INCIBE, gratuita y confidencial, que atiende también a familias y educadores, y las líneas de ayuda de la Fundación ANAR, que incluyen una para familias y centros escolares.
Cómo se habla en tutoría sin hacer más daño
La tutoría llega después de proteger a la víctima, nunca antes. Y no se habla del caso: se habla de la conducta. Si la clase entera sabe de quién es el montaje, nombrarlo aunque sea de lado la vuelve a exponer.
Tres ideas que funcionan con alumnos de 13 a 16 años, porque son hechos y no sermones:
- Reenviar también es difundir. El que pasa la imagen al grupo de su clase hace lo mismo que el que la creó: la lleva a más gente. El artículo 189 castiga distribuir, no solo producir.
- Que sea falsa no la hace inofensiva. La víctima no puede demostrar a cada persona que la ha visto que ese cuerpo no es el suyo. Por eso la ley protege también la imagen «realista».
- Hay una salida para el que la ha recibido. Ni reenviar ni borrar en silencio: contárselo a un adulto del centro. Ante el acoso escolar, el 77,7 % de los alumnos del informe de ANAR dice que se lo comunica al profesorado, así que la mayoría ya lo piensa así.

Si eres familia, el mensaje para tu hijo o tu hija es el mismo, con una frase más: «si te llega algo así de alguien de tu clase, no vas a tener problemas por contármelo». En nuestra guía para acompañar el uso de la IA en casa hay más ideas para tener esa conversación sin que suene a interrogatorio.
Lo que el centro puede dejar preparado esta semana
Un incidente así no se improvisa bien. Cuatro cosas que se hacen en una tarde:
- Localizar el protocolo de acoso y ciberacoso de tu consejería de educación y comprobar que el claustro sabe quién es la persona coordinadora de bienestar.
- Añadir a la política de uso de IA del centro una línea explícita: crear o difundir imágenes falsas de miembros de la comunidad educativa es una falta, y se comunica según el protocolo.
- Revisar qué fotos del alumnado publica el propio centro en redes y en la web. Los montajes se hacen con caras sacadas de perfiles, y menos exposición es menos material. Si tus alumnos tienen menos de 14 años, el artículo sobre la IA y los menores de 14 repasa qué pide la normativa de datos.
- Ensayar la primera hora con el equipo directivo: quién llama a la familia, quién registra, quién decide la comunicación externa.
Lo que este artículo no sustituye: el protocolo de tu comunidad, el criterio de la inspección educativa y el de la Fiscalía de Menores. Si el protocolo dice algo distinto de lo que lees aquí en un punto concreto, manda el protocolo.
En resumen
Ante un deepfake sexual de un alumno, el centro protege a la víctima, no difunde la imagen, ni siquiera para guardarla como prueba, y activa el protocolo con la coordinación de bienestar el mismo día. Lo que puedes hacer hoy: buscar el protocolo de ciberacoso de tu consejería de educación y comprobar que todo el claustro sabe a quién avisar.
Preguntas frecuentes
- ¿Es delito hacer un desnudo falso de una compañera con IA si la imagen es inventada?
- Puede serlo. El artículo 189 del Código Penal considera pornografía infantil también las «imágenes realistas» de los órganos sexuales de un menor con fines principalmente sexuales, aunque la imagen no sea real. En el caso de Almendralejo, el Juzgado de Menores de Badajoz declaró a 15 menores responsables de delitos de pornografía infantil y contra la integridad moral por montajes de este tipo.
- ¿Puede el profesor guardar una captura del montaje como prueba?
- Mejor que no. Cada copia en un móvil es una copia más que puede salir de él, y recoger la prueba es trabajo de la Policía o de la Fiscalía. Anota dónde está (grupo, cuenta, enlace), quién lo ha difundido, la fecha y la hora, y pásalo por el protocolo del centro.
- ¿A quién tiene que avisar el centro si aparece un deepfake sexual de un alumno?
- La LOPIVI obliga al personal cualificado de los centros escolares a comunicarlo de forma inmediata a los servicios sociales, y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o al Ministerio Fiscal si la seguridad del menor está amenazada. Si hay una posible infracción de protección de datos, también a la Agencia Española de Protección de Datos. El circuito concreto lo fija el protocolo de la administración educativa de tu comunidad.
- ¿Cómo se pide que retiren una imagen sexual falsa de internet?
- La Agencia Española de Protección de Datos tiene un Canal prioritario para pedir la retirada de fotos, vídeos o audios de contenido sexual o violento publicados sin permiso. Los menores de 14 a 17 años pueden dirigirse a la Agencia ellos mismos. Si hay indicios de delito, la investigación corresponde a la Policía y a la Fiscalía.
- ¿Qué responsabilidad tiene un alumno de 13 años que ha difundido un deepfake?
- No responde penalmente: la Ley Orgánica 5/2000 se aplica de los 14 a los 17 años. A un menor de 14 se le aplican las normas de protección de menores, y la Fiscalía remite el caso a la entidad pública de protección. Eso no impide que el centro aplique las medidas de su plan de convivencia.